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Cómo cobrar una factura vencida en Ecuador, paso a paso

· RECUPERA

Una factura vencida se cobra en cuatro pasos: confirmar que es exigible, recordar el pago de forma ordenada, cerrar un acuerdo por escrito y, solo si nada funciona, ir a juicio. Casi todas se resuelven en los dos primeros.

1. Confirma que la factura es exigible

Antes de cobrar, revisa tres cosas:

  • Que esté autorizada por el SRI. Una factura electrónica sin autorización no respalda ningún cobro.
  • Que tu cliente la haya aceptado. El Código de Comercio (art. 202) la da por aceptada tácitamente si el cliente no la reclama dentro de los ocho días siguientes a recibirla. En la factura electrónica, el reclamo es pedir una nota de crédito o la anulación.
  • Que esté vencida. Si la factura no dice cuándo se paga, se entiende que vence a los 30 días de recibida (art. 212).

Desde que vence, el deudor debe además el interés por mora que permite la ley.

2. Recuerda el pago con orden

La mayoría de clientes no paga por olvido o por desorden, no por mala fe. Un recordatorio a tiempo resuelve más que una llamada molesta semanas después.

  • Empieza con un mensaje cordial que diga qué factura es, cuánto se debe y cómo pagar.
  • Si no hay respuesta, sube el tono de forma gradual, siempre con datos concretos y sin amenazas.
  • Usa varios canales (correo, SMS, llamada), pero respeta los límites de la ley: si tu cliente es un consumidor final, la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor permite una comunicación al día por canal, solo de lunes a viernes no feriados, entre 07h00 y 20h00. Lo explicamos en detalle en qué permite y qué prohíbe la ley en la cobranza.
  • Guarda cada mensaje con su fecha. Si el caso llega a juicio, ese historial prueba que cobraste de buena fe.

3. Cierra un acuerdo por escrito

Si el cliente quiere pagar pero no puede todo de una vez, ofrécele un plan. Hazlo por escrito, con el monto reconocido, las cuotas, las fechas y qué pasa si incumple.

Firmado como transacción extrajudicial, ese acuerdo es un título de ejecución según el Código Orgánico General de Procesos (art. 363, num. 7). Si el deudor incumple, no hace falta un juicio largo para probar la deuda: se pide directamente la ejecución. Con firma electrónica se hace en minutos y sin reunirse.

4. Si nada funciona, elige la vía judicial correcta

El camino depende del monto y del documento que tengas:

SituaciónVía
Tienes un título ejecutivo (factura comercial negociable aceptada, pagaré, transacción)Procedimiento ejecutivo
No tienes título ejecutivo y la deuda no pasa de 50 salarios básicos (USD 24.100 en 2026)Procedimiento monitorio: la factura y la prueba de la relación comercial bastan
Tienes un acuerdo de pago firmado como transacción y el deudor lo incumplióEjecución directa del acuerdo

En el monitorio, si la deuda no pasa de tres salarios básicos (USD 1.446 en 2026), ni siquiera necesitas abogado (COGEP, arts. 356 y 357).

No lo dejes pasar: en términos generales, la acción ejecutiva prescribe en cinco años y la ordinaria en diez (Código Civil, art. 2415). Pero una deuda de más de un año es mucho más difícil de cobrar, con o sin juicio.

Lo que cambia cuando lo automatizas

Los pasos 2 y 3 son los que más tiempo consumen y los que más se abandonan. RECUPERA los hace por ti: verifica la factura en el SRI, envía los recordatorios dentro de los límites legales, genera el acuerdo de pago con firma electrónica y guarda la bitácora con fecha y hora. Puedes empezar gratis con hasta 10 facturas.

Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso.

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